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Declaraciones vitivinícolas: cuáles, cuándo y cómo presentarlas

Cosecha, INFOVI, SILICIE… una bodega pequeña convive con varias declaraciones que se confunden con facilidad. Aquí tienes cuáles son las del sector vitivinícola, en qué plazos y cómo se presentan.

Publicado el 29 de junio de 2026 · ~6 min de lectura

Llega diciembre, alguien del Consejo Regulador o de la comunidad autónoma menciona «la declaración de cosecha», y empieza la duda: ¿esto es lo mismo que el SILICIE? ¿Tengo que presentar algo cada mes o solo una vez al año? ¿Y el INFOVI, eso qué era?

Es una confusión muy común, y se entiende: una bodega pequeña convive con varias obligaciones de declaración que vienen de administraciones distintas, con plazos distintos y nombres parecidos. Mezclarlas es fácil. Y el coste de equivocarse no es menor: una declaración fuera de plazo o sin presentar puede acarrear requerimientos y sanciones, además del tiempo perdido en resolver el lío a posteriori.

La buena noticia es que, una vez separas qué es cada cosa, el mapa es bastante sencillo. En este post nos centramos en las declaraciones propias del sector vitivinícola —las que regula el Real Decreto 739/2015— que son distintas de las obligaciones fiscales como el SILICIE. Vamos a verlas una a una.

Dos cosas que no hay que confundir

Antes de entrar en plazos, conviene ordenar el terreno, porque aquí es donde más gente se pierde.

Una bodega tiene, a grandes rasgos, dos familias de obligaciones de declaración que conviven pero no son lo mismo:

Que una bodega presente correctamente sus declaraciones SILICIE no la exime de presentar las declaraciones vitivinícolas, y viceversa. Son canales separados. Tenerlo claro es el primer paso para no dejarte ninguna.

Dentro de las declaraciones del sector, las dos que afectan a casi cualquier productor son la declaración de cosecha y las declaraciones obligatorias en el INFOVI.

La declaración de cosecha: una vez al año

La declaración de cosecha es probablemente la más conocida. El artículo 3 del Real Decreto 739/2015 establece que todos los cosecheros deben presentar anualmente una declaración de cosecha, en los soportes informáticos que disponga su comunidad autónoma.

Los puntos clave:

El propio real decreto contempla algunas exenciones. No están obligados a presentar la declaración de cosecha, entre otros, quienes destinen toda su producción de uva al consumo en estado natural, a la pasificación o a la transformación directa en zumo de uva; ni quienes tengan menos de 0,1 hectáreas de viña en producción, siempre que no comercialicen parte de su cosecha o la entreguen íntegramente a una bodega cooperativa de la que sean socios.

Si tu bodega no encaja en una de esas exenciones, la declaración de cosecha es una cita anual ineludible.

Las declaraciones INFOVI: aquí está el matiz que casi todos pasan por alto

El segundo bloque es el que genera más dudas, porque la frecuencia depende del tamaño de tu bodega.

El INFOVI es el sistema de información de mercados del sector vitivinícola (gestionado por la Agencia de Información y Control Alimentarios, AICA, dependiente del Ministerio de Agricultura). Dentro de él está el REOVI, el Registro General de Operadores del Sector Vitivinícola, donde todo productor o almacenista debe estar inscrito: la inscripción se solicita a la comunidad autónoma donde radica la sede social, dentro del mes siguiente al inicio de la actividad.

Una vez inscrito, llegan las declaraciones obligatorias en el INFOVI, reguladas en el artículo 5 del RD 739/2015. Y aquí está la clave: el calendario no es igual para todos.

Si tu producción media es igual o superior a 1.000 hl

Los almacenistas y los productores cuya producción media de vino y mosto sea mayor o igual a 1.000 hl deben presentar una declaración mensual por instalación, a más tardar el día 20 de cada mes.

Si tu producción media es inferior a 1.000 hl

Los productores con producción media inferior a 1.000 hl —el caso de la mayoría de las bodegas pequeñas— no declaran cada mes. Presentan una declaración por instalación en los meses de diciembre y agosto, también a más tardar el día 20 de esos meses.

¿Cómo se calcula esa «producción media»? El reglamento la define como la media de la producción declarada en las cuatro campañas anteriores a la que es objeto de declaración. Es decir: no es la producción de un año puntual, sino tu promedio reciente. Si una bodega no ha producido en alguna de esas campañas, se toman solo aquellas en las que sí produjo.

Un detalle que sorprende y conviene grabar: estas declaraciones hay que presentarlas aunque todos los datos sean cero. No declarar porque «este mes no ha habido movimiento» es un error; el sistema espera la declaración igualmente.

Quién no está obligado a declarar en el INFOVI

El artículo 5 también recoge exenciones: los cosecheros ya exentos de la declaración de cosecha, los productores que obtengan mediante vinificación de productos comprados menos de 10 hectolitros no destinados a comercialización, y los socios de una cooperativa que entreguen a esta toda su producción.

Cómo mantener esto al día sin que se te escape un plazo

Visto en conjunto, una bodega pequeña típica tiene que tener en el calendario, como mínimo: la declaración de cosecha antes del 10 de diciembre y las declaraciones INFOVI de agosto y diciembre (antes del día 20). A eso se suman las obligaciones fiscales —SILICIE, facturación, IVA— que van por su cuenta y con sus propios plazos.

El problema no suele ser la dificultad de cada declaración, sino no perder de vista el calendario completo cuando se llevan pocas manos y mucho trabajo de campo y bodega. Las fechas se solapan (diciembre concentra cosecha + INFOVI), y los datos que pide cada declaración —producción, existencias, entradas y salidas— son los mismos que ya manejas en tu día a día si llevas la trazabilidad y el stock ordenados.

Ahí es donde tener la información de la bodega centralizada y al día marca la diferencia: cuando las existencias, la producción y los movimientos están registrados de forma continua, preparar una declaración deja de ser una reconstrucción a contrarreloj y pasa a ser una consulta. Un buen sistema de gestión de bodega no presenta las declaraciones por ti, pero sí hace que tengas los números listos cuando llega la fecha —y que no dependas de buscarlos en cuadernos sueltos o en hojas de cálculo que nadie recuerda dónde están.

En resumen: separa las declaraciones del sector (cosecha + INFOVI, vía comunidad autónoma y Ministerio de Agricultura) de las fiscales (SILICIE y compañía, vía Agencia Tributaria); marca en el calendario el 10 de diciembre para la cosecha y el día 20 de agosto y diciembre para el INFOVI si tu producción media es inferior a 1.000 hl; y recuerda que la declaración INFOVI se presenta aunque los datos sean cero.

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¿Tienes dudas antes de empezar? Escríbenos: info@vitify.es